Página 32 - Libro de Educación para la Ciudadanía de Segundo de Bachillerato
Igualdad ciudadana: condición natural y jurídica del ser humano
Resolución Página 32 - Libro de Educación para la Ciudadanía de Segundo de Bachillerato
Pista:
1. Busca en internet o en tu libro una cronología de reformas constitucionales sobre el voto en Ecuador.
2. Anota solo los cambios clave (quiénes podían votar, condiciones, obligatoriedad).
3. Ordénalos por año y marca visualmente los avances de inclusión (por ejemplo, cuándo votan las mujeres, los jóvenes, las personas privadas de libertad, etc.).
Análisis
Se pide construir una línea de tiempo con los principales cambios en el sufragio ecuatoriano.
Resolución paso a paso
- 1861: Se limita el voto a hombres alfabetos, propietarios o con renta mínima. El sufragio es censitario y excluyente.
- 1884‑1895: Se mantiene la exigencia de ser varón, católico, con determinada renta o profesión. Las mujeres y la mayoría de pobres quedan fuera.
- 1929: Ecuador reconoce por primera vez el voto femenino (Matilde Hidalgo lo ejerce). Es pionero en América Latina, aunque aún hay restricciones de alfabetismo.
- 1945‑1946: Nuevas constituciones amplían derechos políticos. Se consolida el sufragio para hombres y mujeres, pero todavía condicionado al alfabetismo.
- 1979: Con la nueva Constitución y el retorno a la democracia se establece el sufragio universal obligatorio para personas alfabetas mayores de 18 años.
- 1998: La Constitución reconoce el voto facultativo para analfabetos, jóvenes de 16 y 17 años, militares y policías, y ecuatorianos en el exterior.
- 2008: La Constitución vigente reafirma el sufragio universal, igual, directo y secreto. Establece voto obligatorio para mayores de 18 años hasta 65 y voto opcional para analfabetos, jóvenes de 16 y 17, mayores de 65, militares y policías, ecuatorianos en el exterior.
Conclusión
La línea de tiempo muestra el paso de un voto restringido por sexo, renta y alfabetismo hacia un sufragio casi universal, con pocas exclusiones y con modalidades obligatorias u opcionales.
Pista:
1. Define con tus palabras qué es “sufragio universal” y qué es “igualdad”.
2. Pregúntate: ¿qué pasaría con la igualdad si solo algunos pudieran votar?
3. Piensa en ejemplos históricos donde mujeres, indígenas o pobres no podían votar y compáralos con la situación actual.
Análisis
Se pide explicar cómo se relacionan el sufragio universal y la igualdad.
Desarrollo
- El sufragio universal significa que todas las personas adultas, sin distinción de sexo, etnia, religión, nivel económico, orientación política, etc., tienen derecho a votar.
- El principio de igualdad indica que todas y todos somos iguales en dignidad y derechos; el Estado no puede otorgar privilegios políticos a unos y negar a otros.
- Cuando el voto es restringido (por renta, alfabetismo, sexo u otros criterios), se viola la igualdad, pues se considera que algunas personas valen más políticamente que otras.
- Al extender el sufragio a todos los grupos, el Estado reconoce que cada ciudadano tiene el mismo valor a la hora de decidir sobre el poder político.
Conclusión / Respuesta final
El sufragio universal es una expresión concreta del principio de igualdad, porque garantiza que cada persona tenga el mismo derecho a participar en la elección de autoridades y decisiones públicas. Sin sufragio universal, la igualdad política sería solo teórica.
Pista:
1. Abre la Constitución del Ecuador (2008) y lee con calma los artículos 61 a 65.
2. Subraya cada vez que aparezcan palabras como “obligatorio”, “facultativo”, “ciudadanos”, “extranjeros”, “fuerza pública”, “personas privadas de libertad”, etc.
3. En la tabla, en “Características”, describe quiénes son (edad, condición, nacionalidad). En “Tipo de voto”, escribe si es obligatorio u opcional y cualquier condición especial.
Análisis
Hay que indicar, para cada grupo, sus características relevantes y el tipo de voto según la Constitución ecuatoriana (arts. 61‑65).
Resolución
- Discapacitados y tercera edad
Características: Personas con discapacidad y adultos mayores (65 años o más).
Tipo de voto: Facultativo (opcional). Se deben ofrecer facilidades para ejercerlo. - Mujeres
Características: Ciudadanas ecuatorianas mayores de 18 años alfabetas.
Tipo de voto: Obligatorio, igual que el de los hombres. - Personas privadas de libertad
Características: Personas que cumplen pena privativa de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada (prisión preventiva).
Tipo de voto: Facultativo; el Estado debe garantizar recintos y mecanismos especiales. - Migrantes
Características: Ecuatorianos residentes en el exterior, mayores de 18 años.
Tipo de voto: Facultativo; pueden votar en circunscripciones del exterior. - Fuerza pública
Características: Miembros activos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
Tipo de voto: Facultativo, en atención al carácter no deliberante de la fuerza pública. - Extranjeros
Características: Extranjeros residentes legales en el país por al menos cinco años y que cumplan requisitos legales.
Tipo de voto: Facultativo; pueden sufragar en elecciones locales. - Jóvenes de 16 y 17 años
Características: Adolescentes ecuatorianos en ese rango de edad.
Tipo de voto: Facultativo; pueden participar voluntariamente en procesos electorales.
Conclusión
La Constitución combina voto obligatorio para la mayoría adulta y voto facultativo para grupos que requieren protección o tienen condiciones especiales, buscando equilibrar participación e igualdad.
Contenido Página 32 - Libro de Educación para la Ciudadanía de Segundo de Bachillerato
5. Elaboro una línea de tiempo y ubico los hitos que marcaron los cambios en las condiciones del ejercicio del sufragio en Ecuador.
Extraigo una conclusión sobre la relación del sufragio universal y el principio de igualdad.
...
6. Investigo y sintetizo en la tabla lo que establecen los artículos 61 a 65 de la Constitución sobre el derecho de participación y el sufragio universal para los siguientes grupos poblacionales:
| Grupo | Características | Tipo de voto |
|---|---|---|
| Discapacitados y tercera edad | ||
| Mujeres | ||
| Personas privadas de libertad | ||
| Migrantes | ||
| Fuerza pública | ||
| Extranjeros | ||
| Jóvenes de 16 y 17 años |